Suplemento Instaladores | Encuentro en Córdoba

 

 

En ocasión del Encuentro de Instaladores Eléctricos desarrollado en la CONEXPO Córdoba 2017, organizado por Editores SRL y moderado por EPAC, el 9 de junio pasado, los profesionales participantes en el evento se refirieron a cuestiones muy relevantes e importantes del quehacer de las instalaciones eléctricas y su seguridad.
Resultaron interesantes las distintas ponencias referidas a la Ley 10.281 de Seguridad Eléctrica de la Provincia de Córdoba, las instalaciones eléctricas seguras y la responsabilidad de los instaladores.
A continuación destacaremos algunos de los conceptos desarrollados en el encuentro.

Ezequiel Coronel, de IRAM

La norma no establece la durabilidad, establece la seguridad del producto. Asimismo, recomendó que “si los instaladores tienen que poner el ‘gancho’ sobre la instalación que hicieron y tienen dudas sobre los componentes, pídanle el formulario ‘C’ al fabricante, esto es lo que habilita la distribución o comercialización de los productos; lo emite la Secretaría de Comercio y es el que avala su comercialización. Ahí están todos los datos: quién lo hace, la fecha en que se certificó, la vigencia (cualquier certificación de productos eléctricos en Argentina dura un año), la norma, la marca, los modelos. El que lo gestiona es el fabricante, pero se lo pueden solicitar al distribuidor. Algunos lo publican
”La Resolución de Comercio 171 no es solo para los componentes eléctricos, sino para todos los productos eléctricos que se comercializan”.
Actualmente, existen en Argentina estos tipos de certificación, de esquemas:

  • Sistema 5: la certificación de marca es básicamente hallar el producto y verificar la fábrica.
  • Sistema 4: ensayar sobre el producto, verificar que cumpla con la norma.
  • Sistema 7: se ensayan todos los productos, se llama “por lote”

Al sistema 5, por marca, le corresponde el sello de IRAM u otra certificadora conjuntamente con el sello de seguridad certificada “S”. Lo deben cumplir la mayoría de los productos para instalación. Se realizan ensayos periódicos cada año, muestreo de fábrica y evaluación de la planta.
El mensaje de IRAM es que cumpliendo todas estas condiciones, los productos son seguros para ser utilizados en las instalaciones eléctricas y garantizan la seguridad eléctrica de los usuarios y consumidores.

Cristian Miotti y Sergio Gómez, de ERSeP

Miembros del Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba se refirieron a la implementación de la ley de seguridad eléctrica 10.281 y lo que les interesa a instaladores habilitados o matriculados. La propia ley deja en manos de ERSeP el dictar toda la normativa de aplicación que resulte necesaria y para esto dictó el decreto 1022. El proceso de implementación está llevando su tiempo, puesto que fue necesario aceitar muchos mecanismos, aunque es inminente hoy en día.
Desde que se implemente, toda instalación eléctrica del usuario, ya sea público o privado, interior o vía pública, deberá contar con un certificado de instalación eléctrica, por supuesto, con materiales certificados. El que puede entregar ese aval es un instalador electricista habilitado. Ese certificado deberá presentarse ante la distribuidora eléctrica. Sin ese certificado, no se podrá gestionar la conexión del servicio.
En la actualidad, en la provincia de Córdoba existen aproximadamente 1.500.000 suministros otorgados, instalaciones a las que sería un poco utópico pretender exigirles hoy que cumplan con la normativa.
Se procederá de diversas maneras. Cuando haya que reanudar el servicio tras una suspensión del contrato, retiro de medidor o un cambio de titularidad que implique un cambio de usuario o bien la reconexión de ese medidor por el solo hecho de que se había cortado el servicio de antemano, allí la distribuidora podrá solicitar nuevamente el certificado. Asimismo, cuando la distribuidora registre cambios en la tarifa que está otorgando, podrá exigir el certificado de instalación eléctrica apta para avalar los cambios.
Finalmente, un usuario nuevo contemplado por la ley: el Estado, que consume energía para el alumbrado público y la señalización. Si se trata de instalaciones nuevas, le caben las exigencias de la ley, cuando se vaya a conectar, tendrá que ir con su certificado. Para instalaciones existentes, la ley le da un plazo de dos años.
Asimismo, la ley establece que habrá tres categorías de instaladores habilitados:

  • Categoría 1: profesionales con título de grado que tengan incumbencias en instalaciones eléctricas y que estén matriculados en sus respectivos colegios profesionales.
  • Categoría 2: instaladores técnicos con título habilitante que tengan incumbencias en instalaciones eléctricas, matriculados en sus colegios. En Córdoba, existen el Colegio de Maestros Mayores y Técnicos y el Colegio de Técnicos Constructores.
  • Categoría 3: todas las personas idóneas en cuestiones eléctricas que acrediten una capacitación relacionada con instalaciones eléctricas y que no necesitan tener título oficial de grado o de técnico para estar matriculados en un colegio. Se los habilita en base a una serie de requisitos.

El decreto también establece los alcances de cada una de las categorías. Las dos primeras, incumbencias en instalaciones según lo que les permite su título. Para el caso de categoría 3, instalaciones domiciliarias, pequeños comercios o industrias que no superen los diez kilowatts (10 kW) de potencia y siempre en baja tensión.
La Resolución 26 de 2015 creó el registro de instaladores habilitados. Se establecen allí las categorías y requisitos para inscribirse. Los colegios profesionales registrarán a sus matriculados de categorías 1 y 2 en el ERSeP directamente. El colegio remite su base de datos, y se los incorpora directamente al registro. En el caso de los instaladores de categoría 3, van a tener que hacer su solicitud directamente.
Las personas que tienen el interés de pertenecer a la categoría 3, deben aprobar un curso y presentar un formulario solicitando formalmente que se los incorpore al registro. Ya hay más de seiscientos electricistas que lograron su carnet. Los cursos se están instrumentando con la Universidad Nacional de Córdoba.
Debemos felicitar al ERSeP y a todas las entidades que con sus aportes lograron construir e implementar una ley que contempla la seguridad eléctrica para las instalaciones, dándoles participación y posibilidades a todos los actores, ayudando a minimizar el riesgo eléctrico. Ojalá que otras provincias tomen el ejemplo cordobés.

Enrique Almeida, de AAIERIC

El disertante expresó su sorpresa y contento por la ley cordobesa, en contraposición a lo que sucede en otras partes del país, por ejemplo, tras la desaparición de APSE, o en Salta, cuya ley es anterior pero presenta algunas dificultades.
APSE tenía un sistema un poco menos exhaustivo que el de la ley, pero en doce o trece años logró llevar adelante 500.000 instalaciones sin incidentes eléctricos. Hasta el año 2009 hubo muy buena repercusión, sobre todo para el instalador idóneo (electricista matriculado).
El especialista recomendó que los instaladores se agrupen en las asociaciones que corresponden a sus localidades, porque solo de esta manera pueden estar a salvo de cualquier incidente desde el punto de vista legal.
Desde AAIERIC, se está gestionando también, y junto con diversas entidades gubernamentales forman parte del comité de estudio 10 de AEA, donde se redacta el reglamento. Asimismo, se articulan programas de formación profesional. La experiencia acumulada en siete años de trabajo la ha llevado a ayudar a otras asociaciones del interior del país.
El fin de AAIERIC es trabajar jerarquizadamente como electricistas, y para crecer, hay que capacitarse más. Hoy hay una conciencia sobre la seguridad eléctrica que tienen los electricistas pero no el usuario en general.
Luego se proyectó un video sobre la temática, realizado por colegas.
Es encomiable la actividad desarrollada y crecimiento obtenido por AAIERIC.

Rubén Levy

Rubén Levy es ingeniero electricista electrónico. Hace cuarenta años que trabaja, y lo sigue haciendo, por ejemplo, participando de un grupo de WhatsApp colectivo y nacional sobre seguridad eléctrica.
Para él, la nueva ley de Córdoba plasma el esfuerzo de muchos años. Destacó el papel de Sandra Mayer, la verdadera propulsora de la ley, quien decidió poner manos a la obra luego de que una instalación deficiente en la vía pública le costara la vida a su hijo.
Aclaró que la misión de las asociaciones es que se esclarezcan bien todos los puntos vinculados a una instalación, como ser materiales y normas a cumplir, puesto que ante la ley, los responsables son sus asociados, los instaladores electricistas.
Asimismo, declaró los puntos a tener en cuenta para que la ley se cumpla con exactitud, para que no se desligue la responsabilidad solo en los instaladores, que son los últimos actores de la cadena. Por ejemplo, si se comercializan “porquerías” eléctricas, no se puede culpar solo al electricista por comprarlas.
Los aspectos que le preocupan son el pilar (que no está protegido contra descargas indirectas) y la comercialización de materiales eléctricos “truchos”. Hay muchos juicios por electrocución por pilares, porque no se cumple en Córdoba la protección contra contactos indirectos que dice la ley. El diferencial protege contra contacto indirecto, si no la gente se muere, el pilar se quema. Es lo único que protege.
Antes de finalizar, Levy llamó a trabajar sobre estos puntos. Instó a los instaladores a que a través de sus asociaciones defiendan sus derechos propios, puesto que el Código Civil dice que si se daña a una persona, el responsable es el instalador.
“La seguridad eléctrica es muy difícil porque es un tema que siempre ha estado mal manejado por el Estado, por las organizaciones, por los que venden cosas. La seguridad eléctrica se construye entre todos, el que vende el material, el que lo controla, el EPEC, la municipalidad. Todos son todos”, declaró finalmente el ingeniero Levy, directo y sin eufemismos.

 

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